Elconductor no debe conducir m谩s de diez (10) horas por d铆a y un m谩ximo de sesenta (60) horas a la semana. Por cada dos (2) horas de conducci贸n continuas, el conductor debe realizar descansos o pausas de 15 minutos y en total no debe sobrepasar cuatro (4) horas de conducci贸n continua.
Seg煤nel REAL DECRETO 640/2007 de 18 de mayo, por el que se establecen excepciones a la obligatoriedad de las normas sobre tiempos de conducci贸n y descanso y el uso del tac贸grafo en el transporte por carretera, en uso de la habilitaci贸n contenida en los articulos 3.2 del Reglamento (CE) n.潞 164/2014 y 13.1 del Reglamento (CE) n.潞 561/2006
Lanueva normativa que ya ha entrado en vigor regula las pausas, los descansos y la ampliaci贸n de horas de conducci贸n. El pasado 31 de Julio se public贸 en el Diario Oficial de la Uni贸n Europea el Paquete de movilidad, una nueva normativa que ha enfrentado a los estados miembros durante tres a帽os.
Tiemposde conducci贸n Conducci贸n diaria. No se puede llegar a conducir m谩s de 9 horas en un d铆a, salvo dos d铆as a la semana que se puede llegar a 10 horas. Durante una jornada, los conductores no podr谩n superar las 9 o 10 horas de conducci贸n, y entre medias tendr谩n que tomar descansos. Conducci贸n semanal. Durante una semana,
Elincumplimiento de la legislaci贸n aplicable en el 谩mbito de tiempos de conducci贸n y descanso de los conductores en los siguientes supuestos: El exceso igual o superior al 50 % en los tiempos m谩ximos de conducci贸n diaria, as铆 como la disminuci贸n de los descansos diarios por debajo de 4 horas y media.
Apartir del 1 de julio de 2026, los tiempos de conducci贸n y descansos, ser谩n aplicables a las operaciones de transporte internacional o de cabotaje, cuando la masa m谩xima autorizada de los veh铆culos, incluido cualquier remolque o semirremolque, sea superior a 2,5 toneladas. Se modifican e introducen nuevas exenciones a la
. 124 243 224 430 483 231 106 171
horas de conduccion y descanso